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martes, 9 de agosto de 2011

Fusión y Adquisición.

Negocios y economía.
Telecomunicaciones.
Fusión y Adquisición.
08-01-2011.
La compra de una empresa por parte de otra (adquisición) o la unión de dos empresas, dando lugar a otra de mayor tamaño (fusión), son dos de las maneras más recurrentes en la actualidad para ganar dimensión y competitividad empresarial.

Generalmente este tipo de operaciones está provocado por la identificación de una amenaza o de una oportunidad en el mercado. Ambas acciones contribuyen a la concentración económica que hoy día constituye una de las peculiaridades más significativas de nuestra época y que lamentablemente reduce la competencia en mercados poco desarrollados.

Por regla general, el examen y la aprobación de las fusiones, adquisiciones y otras combinaciones empresariales son tarea de los órganos de salvaguarda de la competencia o de otros sectores del Estado, más que de los órganos reguladores de las telecomunicaciones.

Dado que en los últimos años se han registrado numerosas fusiones y adquisiciones en la industria mundial de las telecomunicaciones, cabe esperar que su análisis pase a ser un factor de mayor peso en la política de competencia de las telecomunicaciones.

Muchas fusiones no tienen influencia negativa en la competencia o bien, de haberla, ésta es escasa. Algunas pueden promover la competitividad. Asimismo, las fusiones pueden generar nuevas sinergias, abrir puertas a la innovación, al combinar las capacidades profesionales de distintas compañías, y ofrecer recursos complementarios para crear nuevos productos y servicios.

Con frecuencia, las inquietudes que suscitan las fusiones, adquisiciones y otras combinaciones empresariales tienen el mismo origen que las preocupaciones a que dan lugar las prácticas contrarias a la competencia.

La principal preocupación es que la empresa más grande que engendra una fusión pueda aumentar su poder de mercado.

Lo que se pretende mediante el control de las fusiones es evitar la acumulación del poder de mercado y su ejercicio en detrimento de la competencia y de los consumidores.

El argumento que justifica el control de las fusiones es que es mejor evitar que las empresas adquieran un poder excesivo en el mercado, que tratar de poner freno a las prácticas abusivas a que da lugar este poder una vez adquirido. En la práctica, el examen de las fusiones y el ejercicio de funciones similares por parte de los órganos de salvaguarda de la competencia se basan en la evaluación de los posibles efectos negativos de una fusión propuesta.

Asimismo, puede preocupar que, al reducir el número de empresas que participan en el mercado, la fusión genere condiciones favorables a la concertación de acuerdos contrarios a la competencia entre esas empresas.

Teóricamente, el aumento sustancial de la eficiencia y otros incrementos del bienestar social podrían respaldar la aprobación de una fusión, incluso cuando se detecten riesgos contra la competencia.

En la práctica, para los órganos de salvaguarda de la competencia, es difícil cuantificar lo positivo y negativo de la transacción y calcular un efecto neto verificable.

También puede resultar complejo determinar cómo dividir la eficiencia y otros incrementos del bienestar entre la empresa productora y sus clientes. Por otro lado, establecer los medios necesarios para garantizar la redistribución de estos incrementos en beneficio de un público más amplio presenta las mismas dificultades.
Por: Ing. Hjalmar A. Ruiz Tuckler.
Consultor.

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